miércoles, 22 de agosto de 2012

Voluntad General


Para Rousseau el contrato social es un acuerdo entre voluntades libres y este conjunto de voluntades constituye la “voluntad general”, esta emana directamente del pueblo, ya que cada individuo pone en común su persona y todo su poder bajo ella.
La voluntad general también es soberana ya que no se somete a ningún poder ajeno a ella misma. El gobierno puede adoptar diversas formas según sean las circunstancias del país (monarquía, aristocracia o democracia) pero estará siempre bajo el mando de la voluntad general de la comunidad, adquiriendo entonces el papel de un simple administrador. El gobierno no es sino un ejecutor de la ley que emana de la voluntad general y puede ser siempre substituido Esta soberanía no se puede enajenar ni dividir pues o la voluntad es general, de todo el pueblo, o no lo es, tan solo es la voluntad de una parte.
El fin de la voluntad general es el bien común, su objetivo es garantizar la igualdad y la libertad de los individuos que forman parte de ella, frenando los intereses particulares y egoístas. Rousseau infería que la voluntad general siempre es recta, al dirigirse siempre a la utilidad publica; pero también hacía notar que las deliberaciones del pueblo no siempre tenían la misma rectitud. Para él, el pueblo podía ser corrompido, más si a este se le engañaba a menudo. ara que la voluntad general, sea verdaderamente como tal, debe salir de todos para aplicarse a todos, y pierde su rectitud natural cuando se inclina a algún objeto individual y determinado. Si algún individuo disiente con respecto a alguna ley de la comunidad, y está bien formado como ciudadano, reconocerá que, a pesar de su punto de vista, esa ley tiende también a su bien y la obedecerá. Si se diese el caso de que se opusiera a la voluntad general, por tanto al bien común, debería ser obligado a obedecer. Rousseau llega a decir que se le obligaría a ser libre.
Para que la voluntad general, sea verdaderamente como tal, debe salir de todos para aplicarse a todos, y pierde su rectitud natural cuando se inclina a algún objeto individual y determinado.
Una vez mencionadas las características de la voluntad general, es de suma importancia hacer la distinción de esta de la voluntad de todos: La voluntad de todos se refiere a un interés previo y no es mas que la suma de todos esos intereses particulares de los individuos que buscan el mismo objetivo. Mientras que la voluntad general son intereses particulares que se unen en un pacto conducente al bien común.
Para concluir, hay que remarcar que, para Rousseau, el Estado es un producto del contrato social, por tanto convencional, y que no tiene ningún sentido hablar de ley natural o derechos naturales; no hay más ley y derechos que los que propone la voluntad general.

El problema que surge con la teoría de la voluntad general de Rousseau, es la creación del "yo común". La existencia de un "yo común" es imposible, ya que el "yo" es una característica propia del individuo, incapaz de transferirse a una masa. 
Al aplicar el pensamiento de Rousseau en la política actual, resulta en la toma de decisiones del soberano que, sin importar si al pueblo le parecen benéficas o no, deben ser respetadas y seguidas por todos, ya que estas buscan el "bien común". Ejemplo de esto es el alza de impuestos en México, a pesar de que a la mayoría no le parece, tienen que acatarse a las nuevas reglas, porque al final, lo que se busca es que "gane México".





"El contrato social" por Jean-Jacques Rousseau
"Historia sencilla del pensamiento político" por José Ocariz Braña 

No hay comentarios:

Publicar un comentario